Referendum 2022

VOTACIONES
Hemos alcanzado el... 45%

Se requiere que 2/3 partes de la membresía activa participe del proceso para validar la enmienda. Hemos alcanzado el 45% de los votos que se requieren. Participa del proceso para llegar a la meta.

ReferÉndum para Enmienda a la Constitución de la SIP

Durante la última Asamblea de Socios de la Sociedad Interamericana de Psicología (SIP) celebrada el 21 de julio de 2021 en el marco del 38vo Congreso Interamericana de la SIP (celebrado de forma virtual), se aprobó que los/as estudiantes que forman parte del Grupo de Trabajo de Estudiantes presentaran una propuesta de enmienda a la Constitución de la SIP con el fin de incorporar representación estudiantil en la Junta Directiva de la Sociedad.

Un grupo de estudiantes presentó una propuesta que fue discutida por la Junta Directiva. La Mesa Directiva aprobó que los y las estudiantes tendrán un Representante Estudiantil en la Junta Directiva de la SIP a partir del 2023. Esta determinación implica hacer un cambio o enmienda a la Constitución, por lo que se está llevando a cabo un referéndum electrónico para que los socios y socias voten a favor o en contra de la enmienda propuesta.

Este proceso inició el 28 de junio de 2022. Todos los/as socios/as activos, estudiantes, y profesionales, pueden participar del proceso. Cada persona debe votar una sola vez; los votos dobles serán inválidos. El resultado de esta votación será informado una vez concluya el proceso. Al menos el 66% de la matrícula actual deberá votar para que la enmienda sea válida.  Si el resultado de esta votación favorece la enmienda a la Constitución, para el próximo proceso de nominaciones y elecciones de la SIP, se incluirá a un representante estudiantil que iniciará funciones a partir de julio de 2023. Si el resultado no es favorable, la Junta Directiva recopilará las recomendaciones de sus socios y socias y realizará un nuevo referéndum. La elección del/la representante estudiantil pudiera elegirse también a través de una elección extraordinaria en el caso de no poder integrarla al proceso de votación que iniciará próximamente.

A continuación, se indican los incisos actuales de la Constitución y los cambios propuestos, marcados en amarillo, para fácil identificación. Debe votar si está de acuerdo o si está en desacuerdo con las enmiendas planteadas. Ejerza su voto en cada uno de los incisos y para finalizar, debe proveer su nombre completo, número de socio/a, correo electrónico, y país para propósito de validar su membresía activa en la SIP. NO se utilizarán sus datos para identificar su forma de votación.

Redacción Actual

Estatuto

Artículo IV: De los funcionarios

1. La Sociedad será dirigida por los siguientes funcionarios: Presidente/a, Presidente/a electo/a, Presidente/a anterior, Tesorero/a, Vicepresidente/a por Norteamérica, Vicepresidente/a por Sudamérica, y Vicepresidente/a para México, América Central y el Caribe.

Estos/as directores/as serán nominados/das por un Comité Nominador compuesto por la presidencia anterior (que actuará como director/a), otros/as dos miembros de la Mesa Directiva y los/las Representantes Nacionales. Se nominarán por lo menos dos candidatos/as por puesto, y el comité considerará el que haya representación geográfica en sus nominaciones. No se imprimirá el nombre de el/la candidato/a en la boleta sin previa aceptación de su candidatura. Los miembros estudiantes no podrán ser nominados para los puestos de la Junta Directiva.

Reglamento

Artículo I: De los deberes de los directores/as

Punto 8. No existe

Cambio propuesto

Artículo IV: De los funcionarios

1. La Sociedad será dirigida por los siguientes funcionarios: Presidente/a, Presidente/a electo/a, Presidente/a anterior, Tesorero/a, Vicepresidente/a por Norteamérica, Vicepresidente/a por Sudamérica, Vicepresidente/a para México, América Central y el Caribe y un/a Representante Estudiantil.

Estos/as directores/as serán nominados/das por un Comité Nominador compuesto por la presidencia anterior (que actuará como director/a), otros/as dos miembros de la Mesa Directiva y los/las Representantes Nacionales. Se nominarán por lo menos dos candidatos/as por puesto, y el comité considerará el que haya representación geográfica en sus nominaciones. No se imprimirá el nombre de el/la candidato/a en la boleta sin previa aceptación de su candidatura. Los miembros estudiantes no podrán ser nominados para otros puestos de la Junta Directiva, sino exclusivamente para el puesto de Representante Estudiantil.

Artículo I: De los deberes de los directores/as

8. El/La Representante Estudiantil formará parte de la Junta Directiva y colaborará en la organización, representando los intereses de los/las socios/as estudiantiles.